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Venta de inmuebles en usufructo vitalicio

  • Foto del escritor: Joaquín Febres-Cordero
    Joaquín Febres-Cordero
  • 23 jun 2020
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 3 jul 2020

ADULTO MAYOR DUEÑO DE UN INMUEBLE ¿CÓMO VENDO Y

RECIBO PAGO SIN SALIR DE LA PROPIEDAD? ¿CÓMO HAGO

PARA NO SER UNA CARGA PARA MIS HIJOS, RECIBIR UN

INGRESO EXTRA O CONTRATAR PERSONAL DE ASISTENCIA?

ADULTOS NO MAYORES (O INVERSIONISTAS) INTERESADOS

EN ADQUIRIR UN INMUEBLE ¿CÓMO PAGO UN PRECIO


MENOR, EN PARTES O SIN INTERESES?


LA RESPUESTA: VENTA DE INMUEBLES EN USUFRUCTO


VITALICIO

CONSÚLTENOS


El primer grupo de preguntas se la realizan -generalmente- las personas adultas mayores, o sus hijos.

Mientras que las preguntas del segundo grupo se la realizan personas en plena edad productiva o inversionistas.

Pues la respuesta a esas inquietudes es el Usufructo Vitalicio.

La propiedad (dominio) consiste en la facultad de usar, gozar y disponer un bien.

Ahora la propiedad está dividida en dos partes: la nuda propiedad (dominio) y el usufructo (uso y goce). Los titulares de la nuda propiedad y del usufructo pueden ser distintas personas.

Por ejemplo, Juan -como titular del usufructo vitalicio- gozará y usará el bien por toda su vida, pero no tendrá la propiedad; mientras que Pedro -como titular de la nuda propiedad- será el dómine pero no tendrá el uso ni el goce hasta que fallezca Juan.

La figura anotada es usada ampliamente en nuestro país, los padres transfieren la nuda propiedad a sus hijos y se reservan el usufructo vitalicio. De esa forma, los padres prevén la sucesión hereditaria y siguen viviendo en el bien o cobrando pensiones de arriendo.

No obstante, el usufructo vitalicio no se debe limitar a ese caso, también aplica LA VENTA A TERCEROS DE INMUEBLES EN USUFRUCTO VITALICIO.

El adquirente de la nuda propiedad tendrá las siguientes ventajas:

• Podrá obtener un precio más bajo, para el efecto, la edad del adulto mayor será determinante.

• Podrá pagar a plazo.

• Asegurará un bien para su uso y goce futuro.

• Podrá vender la nuda propiedad en cualquier momento; además es transmisible por herencia.

• Usufructuario no podrá ceder ni vender su usufructo; además es intransmisible por herencia.

• Invertirá a largo, mediano o corto plazo, según esperanza de vida del usufructuario.

• Ganará plusvalía.

El dómine que vende la nuda propiedad y mantiene el usufructo vitalicio tendrá las siguientes ventajas:

• Podrá recibir pagos periódicos o un sólo pago al inicio.

• Recibirá un ingreso extra que le permitirá comprar medicinas, contratar personal de asistencia, pagar un geriátrico, entre otros.

• Obtendrá rentabilidad de su inmueble y vivirá más desahogado.

• Seguirá gozando el bien hasta su muerte, sin la complicación de cambiar su entorno, sus amistades, sus costumbres.

• Evitará mudanzas, búsqueda de nuevo inmueble donde vivir, costos de compra de nuevo inmueble, entre otros.

• Disfrutará en vida del bien sin preservarlo para la herencia.

Puntos adicionales a considerar:

• Usufructo vitalicio también aplica para inmuebles destinados al comercio.

• El usufructo podrá ser además por un periodo establecido, sin necesidad que sea vitalicio.

• Pagos de expensas, reparaciones, impuestos prediales y otros dependerá de lo que pacten las partes.

• Flexibilidad de las estipulaciones, según necesidades de las partes.

JFC ABOGADOS lo podrá asesorar en todo lo relacionado a la venta de inmuebles en usufructo vitalicio.

 
 
 

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